Retiros del 10% de los fondos de AFP
El retiro del 10% de los fondos de AFP comprende leyes que permiten el retiro excepcional, por hasta tres veces, de parte de los fondos de las respectivas cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
El primer retiro rige desde el 30 de julio de 2020, día en que se publicó la Ley Nº 21.248; el segundo comenzó a regir el 10 de diciembre de 2020 (Ley Nº 21.295); y el tercero, desde el 28 de abril de 2021 (Ley Nº 21.330). Desde cada una de esas fechas, existe un plazo de un año para solicitar cada retiro.
Son siete las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que están relacionadas a estas normativas, y los procedimientos para retirar el 10% se pueden hacer totalmente en línea, sin necesidad de acudir a una sucursal, solamente con el RUN y número de serie de la cédula de identidad de la persona afiliada.
El trámite se realiza directamente en la web de la AFP de cada persona. Además, las sucursales de cada AFP atienden a sus personas afiliadas de acuerdo con un orden establecido para cumplir con las medidas y recomendaciones sanitarias. También, cada AFP habilitó un call center.
Para todos los retiros, los pagos se realizan en dos cuotas y en la modalidad que la persona lo prefiera: Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2), cuenta bancaria (incluida CuentaRUT) o a través de la Caja de Compensación, así como depósito en una cuenta bancaria en el exterior (otro país).
Todo el proceso es gratuito para la persona solicitante.