Sentencia, a diferencia de otros fallos, no indica medidas para el traslado de usurpadores, a quienes reprocha un “actuar espurio, que atenta contra el orden jurídico en el que se sustenta nuestro Estado de Derecho”.
En enero, la Corte de Valparaíso lo había declarado “inadmisible por extemporáneo” debido a que la ocupación ilegal se había iniciado junto con la revuelta social en octubre de 2019, “fuera del término del plazo de 30 días” fiado para interponer un recurso de protección. Pero en marzo, la Corte Suprema -que a fines del año pasado había acogido dos acciones de resguardo de garantías constitucionales similares por parte de dueños de predios usurpados- ordenó su tramitación. El tribunal de alzada porteño dio curso a la causa solicitada por los propietarios de los lotes usurpados y el 23 de junio pasado dictó su sentencia: ordena el desalojo en cuatro meses sin disponer, a diferencia de los fallos del máximo tribunal, medidas que resguarden los derechos humanos de los ocupantes ilegales, como refugios temporales a cargo de la autoridad.
Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/Nacional/2023/07/08/1100404/san-antonio-desalojar-gran-toma.html